Límites máximos de residuos de benomilo
Publicado por AGRINFO el ; Revisado
El Parlamento rechaza la propuesta de la Comisión de modificar los LMR de benomilo
Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de benomilo, carbendazima y tiofanato-metil en determinados productos
Actualización
En septiembre de 2024, el Parlamento Europeo rechazó un Reglamento de la Comisión que proponía fijar los límites máximos de residuos (LMR) de benomilo en el límite de determinación (LD, el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables). Véanse los límites máximos de residuos de benomilo, carbendazima, tiofanato-metil, ciproconazol y espirodiclofeno.
Productos afectados
Cítricos, pomelos, naranjas, limones, limas, mandarinas, frutas de pepita, manzanas, peras, membrillos, nísperos, nísperos/ nísperos japoneses, frutas de hueso, albaricoques, melocotones, cerezas, ciruelas, uvas de mesa, uvas de vino, fresas, moras, moras de rocío, frambuesas, arándanos, arándanos rojos, grosellas, grosellas espinosas, escaramujos, moras, azaroles, bayas de saúco, frutos de cáscara, almendras, nueces de Brasil, anacardos, castañas, cocos, avellanas/avellanas, macadamias, pacanas, piñones, pistachos, nueces, ajos, cebollas, chalotes, tomates, pimientos dulces/pimientos morrones, berenjenas, quingombó, cucurbitáceas, hortalizas del género Brassica, brécoles, coliflores, repollos, Coles chinas, coles rizadas, coles de Bruselas, judías (con vaina), guisantes (con vaina), judías (sin vaina), guisantes (sin vaina), lentejas, hongos cultivados, hongos silvestres, musgos y líquenes, semillas oleaginosas, semillas de lino, cacahuetes/ cacahuetes molidos, semillas de adormidera, semillas de sésamo, semillas de girasol, semillas de colza/ semillas de canola, semillas de mostaza, semillas de algodón, semillas de calabaza, semillas de cártamo, semillas de borraja, semillas de oro de placer, semillas de cáñamo, semillas de ricino, semillas de soja, cebada, avena, centeno, trigo, productos básicos de porcino, bovino, ovino, caprino, equino, aves de corral y otros mamíferos terrestres de cría, leche (bovina, ovina, caprina, equina), huevos de aves, miel, anfibios y reptiles, tés, cafés, infusiones de hierbas, cacao, algarrobas
¿qué está cambiando?
El benomilo se incluye actualmente en la definición de carbendazima. Por lo tanto, los LMR para el benomilo son actualmente los mismos que para la carbendazima. La Comisión propuso fijar LMR específicos separados para el benomilo al nivel por defecto de 0,01 mg/kg para todos los productos (excepto para tés, café, infusiones de hierbas, cacao, algarrobas, lúpulo, especias y miel, a los que se aplicaría un LMR de 0,05 mg/kg). Los cambios propuestos en comparación con los LMR actuales de carbendazima figuran en el cuadro 1.
¿Por qué?
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) sugirió establecer LMR distintos para el benomilo y la carbendazima (EFSA 2023). El benomilo no está aprobado como sustancia activa para productos fitosanitarios en la UE. Por lo tanto, no se dispone de valores toxicológicos de referencia de la UE para el benomilo, lo que dificulta la evaluación de la seguridad de los LMR para esta sustancia. Como el benomilo carece de autorización de uso en la UE y no existen tolerancias de importación ni límites máximos de residuos (CXL) del Codex, la Comisión consideró que debía aplicarse el LMR por defecto de 0,01 mg/kg (o el LD de 0,05 mg/kg cuando no pueda alcanzarse analíticamente 0,01 mg/kg).
Cronología
La objeción del Parlamento Europeo impide a la Comisión adoptar el proyecto de Reglamento propuesto, lo que significa que los LMR vigentes para la carbendazima siguen aplicándose a los residuos de benomilo.
Fondo
En la UE, el benomilo se incluye actualmente en la definición de carbendazima ("suma de benomilo y carbendazima expresada como carbendazima"). Por tanto, los productos que cumplen los LMR de carbendazima se consideran conformes en lo que respecta al benomilo. En noviembre de 2024, la Comisión Europea informó al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) de que tenía la intención de establecer LMR separados para el benomilo al nivel por defecto de 0,01 mg/kg en todos los productos, o de 0,05 mg/kg cuando las pruebas a 0,01 mg/kg no sean técnicamente posibles(G/SPS/N/EU/696).
Los LMR se fijan de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Recursos
EFSA (2023) Reasoned opinion on the toxicological properties and maximum residue levels (MRLs) for the benzimidazole substances carbendazim and thiophanate-methyl. EFSA Journal 19(8): 6773.
Fuentes
Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifican los anexos II, III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de benomilo, carbendazima y tiofanato-metil en determinados productos
Tablas y figuras
Source: based on PLAN/2022/2853
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