Límites máximos de residuos de tiofanato-metil
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Resumen
La Unión Europea (UE) ha reducido los niveles máximos de residuos (LMR) del tiofanato-metilo hasta el límite de determinación (LOD) para todos los productos. (El LOD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.)
La UE reduce los LMR del tiofanato-metilo hasta el límite de determinación en todos los productos
Reglamento (UE) n. º 2026/1546 de la Comisión, de 8 de julio de 2026, por el que se modifican los anexos II, III y V de la regulación (CE) n.º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de benomilo, carbendazim y tiofanato-metilo en determinados productos o sobre ellos
Actualización
La Unión Europea (UE) ha reducido los niveles máximos de residuos (LMR) del tiofanato-metilo hasta el límite de determinación (LOD) para todos los productos. (El LOD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.)
Productos afectados
Todos los productos
¿qué está cambiando?
La UE ha reducido los LMR del tiofanato-metilo a 0,01 mg/kg en todos los productos. Los cambios se resumen en la tabla 1.
En el caso de los productos de origen animal, el tiofanato-metilo se incluía anteriormente en la definición de carbendazim: «carbendazim y tiofanato-metilo, expresado como carbendazim». La regulación actual separa el tiofanato-metilo en estos productos.
¿Por qué?
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, en su evaluación combinada de riesgos para los residuos de carbendazim y tiofanato-metilo, identificó riesgos inaceptables en relación con los LMR actuales de carbendazim en pomelos, naranjas, mangos y papayas, así como para el tiofanato-metilo en pomelos, naranjas, mandarinas, mangos y papayas (EFSA 2024).
En algunos países no pertenecientes a la UE se aplican buenas prácticas agrícolas (BPA) para los productos fitosanitarios que contienen carbendazim y tiofanato-metilo por separado, así como para los productos que contienen una mezcla de ambos. Las BPA que respaldaban los límites de tolerancia a la importación para los cítricos ya no están autorizadas en la UE. Las BPA presentadas anteriormente para las limas ya no están autorizadas en Sudáfrica.
Además, existen preocupaciones sobre los riesgos que plantean los residuos combinados de carbendazim y tiofanato-metilo en el quimbombó. Para garantizar un alto nivel de protección de los consumidores, la Comisión Europea decidió reducir los LMR de ambas sustancias en el quimbombó hasta el límite de detección (LOD).
Cronología
Los nuevos LMR entrarán en vigor el 29 de enero de 2027.
Los productos comercializados en la UE antes del 29 de enero de 2027 que cumplan con los LMR vigentes de la UE podrán permanecer en el mercado después de esa fecha, incluso si los residuos presentes en los productos superan los nuevos LMR.
Excepción: debido a la preocupación por los riesgos para los consumidores, los pomelos, las naranjas, las papayas, las mandarinas y los mangos que superen los LMR de tiofanato-metilo a partir del 29 de enero de 2027 no podrán permanecer en el mercado, aunque cumplieran con los LMR vigentes en el momento de su comercialización antes de esa fecha.
Acciones recomendadas
Los proveedores de todo tipo de productos destinados al mercado de la UE deberían buscar alternativas, tanto químicas como no químicas, al uso del tiofanato-metilo.
Antecedentes
En septiembre de 2024, el Parlamento Europeo rechazó un Reglamento de la Comisión Europea que proponía reducir los LMR de tiofanato-metil al LD en todos los productos excepto limas y quimbombó (véase Límites máximos de residuos de benomilo, carbendazima, tiofanato-metil, ciproconazol y espirodiclofeno). El Parlamento pidió a la Comisión que retirara su proyecto de Reglamento y presentara uno nuevo, fijando los LMR de tiofanato-metil en todos los productos en el LD.
Los LMR se fijan de acuerdo con las reglas establecidas en el Reglamento 396/2005. Para obtener información sobre los LMR actuales de otras sustancias, consulte la base de datos de residuos de plaguicidas de la UE.
Recursos
EFSA (2024) Dictamen motivado actualizado sobre las propiedades toxicológicas y los límites máximos de residuos (LMR) de las sustancias de benzimidazol carbendazim y tiofanato-metilo. EFSA Journal, 22(2): e8569.
Comisión Europea (2025a) Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos: Sección de Productos Fitofarmacéuticos — Residuos de plaguicidas, 17-18 de febrero de 2025. Informe resumido.
Comisión Europea (2025b) Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos: Sección de Productos Fitofarmacéuticos – Residuos de plaguicidas, 23-24 de junio de 2025. Orden del día.
Fuentes
Regulación (UE) n.º 2026/1546 en lo que respecta a los límites máximos de residuos de benomilo, carbendazim y tiofanato-metilo en determinados productos o sobre ellos
Tablas y figuras
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La UE reduce los LMR del tiofanato-metilo hasta el límite de determinación en todos los productos
Regulation (EU) 2026/1546 as regards maximum residue levels for benomyl, carbendazim and thiophanate-methyl in or on certain products
¿qué está cambiando y por qué?
La Unión Europea (UE) ha reducido los niveles máximos de residuos (LMR) del tiofanato-metilo hasta el límite de determinación (LOD) para todos los productos (véase la tabla 1). (El LOD es el nivel más bajo que puede detectarse utilizando los métodos analíticos más modernos y fiables.)
Acciones
Los proveedores de todo tipo de productos destinados al mercado de la UE deberían buscar alternativas, tanto químicas como no químicas, al uso del tiofanato-metilo.
Cronología
Los nuevos LMR entrarán en vigor a partir del 29 de enero de 2027.
Los productos comercializados en la UE antes del 29 de enero de 2027 que cumplan con los LMR vigentes de la UE podrán permanecer en el mercado después de esa fecha, incluso si los residuos presentes en los productos superan los nuevos LMR.
Excepción: debido a la preocupación por los riesgos para los consumidores, los pomelos, las naranjas, las papayas, las mandarinas y los mangos que superen los LMR de tiofanato-metilo a partir del 29 de enero de 2027 no podrán permanecer en el mercado, aunque cumplieran con los LMR vigentes en el momento de su comercialización antes de esa fecha.
Tablas y figuras
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