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Hidrocarburos de aceites minerales en los alimentos

  • Contaminants

Resumen

La Unión Europea (UE) tiene previsto establecer límites máximos permitidos (contenidos máximos) de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH) en determinados alimentos. Para la mayoría de los alimentos, los nuevos niveles máximos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, pero para algunos alimentos se aplicará una fecha posterior.

Los alimentos afectados por la propuesta son las semillas oleaginosas, los frutos oleaginosos, las grasas y aceites animales y vegetales, los frutos de cáscara arbóreos, las legumbres, los cereales en grano y los productos derivados de los cereales, la leche, los productos lácteos, el cacao en grano y los productos derivados del cacao, los dulces, las especias, las hierbas secas, el té y las infusiones de hierbas, los alimentos compuestos o transformados que contengan estos ingredientes, los alimentos para lactantes y niños de corta edad, los complementos alimenticios y los aditivos alimentarios.

Para más información sobre las nuevas medidas propuestas, véanse estos recursos de AGRINFO:

  • Guía con más información sobre los hidrocarburos de aceites minerales (MOH), sus orígenes y efectos, las intenciones reguladoras de la UE, los sectores más afectados y las acciones necesarias para prepararse para el cumplimiento de las nuevas reglas (disponible en inglés, francés, español y portugués)
  • Grabaciones en vídeo de los seminarios web del MOH (en inglés, francés, español y portugués)
  • Preguntas y respuestas derivadas de los seminarios web (en inglés, francés, español y portugués).

Tenga en cuenta que estos recursos se produjeron antes de la última actualización de esta propuesta, y deben leerse junto con los detalles que figuran a continuación sobre la nueva propuesta.

La UE fijará niveles máximos de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales en los alimentos

Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/915 en lo que se refiere a los niveles máximos de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales en los alimentos

Proyecto de anexo [PLAN/2023/2345 ANEXO CIS]

Actualización

La Unión Europea (UE) tiene previsto establecer límites máximos permitidos (contenidos máximos) de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH) en determinados alimentos. Para la mayoría de los alimentos, los nuevos niveles máximos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, pero para algunos alimentos se aplicará una fecha posterior.

Los alimentos afectados por la propuesta son las semillas oleaginosas, los frutos oleaginosos, las grasas y aceites animales y vegetales, los frutos de cáscara arbóreos, las legumbres, los cereales en grano y los productos derivados de los cereales, la leche, los productos lácteos, el cacao en grano y los productos derivados del cacao, los dulces, las especias, las hierbas secas, el té y las infusiones de hierbas, los alimentos compuestos o transformados que contengan estos ingredientes, los alimentos para lactantes y niños de corta edad, los complementos alimenticios y los aditivos alimentarios.

Para más información sobre las nuevas medidas propuestas, véanse estos recursos de AGRINFO:

  • Guía con más información sobre los hidrocarburos de aceites minerales (MOH), sus orígenes y efectos, las intenciones reguladoras de la UE, los sectores más afectados y las acciones necesarias para prepararse para el cumplimiento de las nuevas reglas (disponible en inglés, francés, español y portugués)
  • Grabaciones en vídeo de los seminarios web del MOH (en inglés, francés, español y portugués)
  • Preguntas y respuestas derivadas de los seminarios web (en inglés, francés, español y portugués).

Tenga en cuenta que estos recursos se produjeron antes de la última actualización de esta propuesta, y deben leerse junto con los detalles que figuran a continuación sobre la nueva propuesta.

Productos afectados

Semillas oleaginosas y frutos oleaginosos, grasas y aceites animales y vegetales, frutos de cáscara arbóreos, legumbres, granos de cereales (incluido el arroz), leche, productos lácteos, leche, productos lácteos, cacao en grano, productos del cacao, especias, hierbas secas, té seco e infusiones de hierbas (como productos instantáneos o utilizados como ingrediente alimentario), alimentos compuestos y procesados que contengan estos ingredientes, complementos alimenticios, aditivos alimentarios, alimentos para lactantes y niños de corta edad

¿qué está cambiando?

Dado que los hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH) son peligrosos para los seres humanos, la UE propone establecer niveles máximos permitidos de MOAH en determinados alimentos, tal como se indica en el cuadro 1.

¿Por qué?

En 2023, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) actualizó su evaluación de riesgos de los MOH en los alimentos(EFSA 2023). El enfoque normativo se centra principalmente en los MOAH, que la EFSA considera que tienen una potencial actividad genotóxica y carcinogénica.

También se habla de los hidrocarburos saturados de aceites minerales (MOSH), que se bioacumulan en varios órganos. La EFSA considera que, según los conocimientos actuales, la exposición actual a los MOSH no plantea problemas para la salud humana(EFSA 2023). Sin embargo, las consecuencias de la acumulación de MOSH a largo plazo aún no se han investigado y siguen siendo inciertas. La UE adoptará recomendaciones sobre el MOSH paralelamente a los niveles máximos del MOAH.

Los niveles máximos para los contaminantes se establecen teniendo en cuenta los niveles máximos que pueden alcanzarse cuando se utilizan las mejores prácticas disponibles. Esto se conoce como el principio "ALARA" (tan bajo como sea razonablemente posible). Los niveles máximos se fijan generalmente en el LOQ. Sin embargo, en el caso de determinados alimentos se ha demostrado que, incluso si se aplican buenas prácticas, no se puede alcanzar un nivel máximo en el LOQ. Para estos productos, se han establecido calendarios (véase el cuadro 1) para reducir los contenidos máximos.

Cronología

Los Estados miembros de la UE aprobaron los niveles máximos para el MOAH el 13 de mayo de 2026; la adopción formal está prevista para octubre de 2026.

Los nuevos niveles máximos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, excepto en los casos específicos enumerados en el cuadro 1, en los que se aplica una fecha de aplicación posterior.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Las reglas hoy

La propuesta de la UE supone un cambio significativo respecto a la situación actual. Actualmente no existen niveles máximos de MOAH en la legislación de la UE. Los Estados miembros de la UE han acordado un enfoque común para controlar los alimentos que contienen MOAH, tal como se establece en una declaración conjunta en el Informe de Síntesis de 21 de abril de 2022: cuando se detectan MOAH durante los controles oficiales de los alimentos, los Estados miembros deben "retirar y, si es necesario, [...] recuperar los productos del mercado" cuando se supera el límite de cuantificación (LOQ).

Estos LOQ son

  • 0.5 mg/kg para alimentos secos con un bajo contenido de grasa/aceite (≤4% de grasa/aceite)
  • 1 mg/kg para alimentos con un mayor contenido de grasa/aceite (>4% de grasa/aceite, ≤50% de grasa/aceite)
  • 2 mg/kg para grasas/aceites o alimentos con >50% de grasa/aceite.

Aunque no está establecido en la legislación de la UE, este planteamiento consensuado ayuda a los Estados miembros a garantizar la seguridad de los alimentos, tal como exige el Reglamento 178/2002 sobre legislación alimentaria general (art. 14).

Actualmente no existen límites comunitarios para los hidrocarburos saturados de aceites minerales (MOSH). Se está debatiendo el establecimiento de niveles indicativos para los MOSH en lugar de niveles máximos. Estos niveles no serán umbrales para retirar productos del mercado, sino valores que desencadenen investigaciones de las fuentes de contaminación y la aplicación de medidas paliativas.

En respuesta a las preguntas planteadas por las partes interesadas, la Comisión Europea ha publicado una serie de preguntas frecuentes sobre el proyecto de medidas reglamentarias relativas a los MOH en los alimentos(Comisión Europea 2024).

Preparación para el cumplimiento de los nuevos límites máximos

Existen numerosas fuentes potenciales de MOAH, y las pruebas para detectarlas son complejas. Aunque en la UE ya existen controles para los aceites minerales, es probable que el establecimiento de niveles máximos implique que los compradores pidan a los proveedores que demuestren el cumplimiento de los nuevos niveles. A corto plazo, en muchas cadenas de valor puede ser necesario un trabajo importante para identificar las fuentes de MOAH y las estrategias para evitar su presencia. Esto, a su vez, puede requerir un aumento de la capacidad analítica para realizar pruebas de MOAH.

Acciones recomendadas

Los proveedores de alimentos de todos los sectores deben aumentar la vigilancia de MOAH para identificar cualquier presencia de estas sustancias en sus productos. Cuando se identifican MOAH o MOSH en los alimentos, los proveedores deben comprobar todos los pasos del proceso de suministro, identificar las fuentes de contaminación y desarrollar medidas para evitar una mayor contaminación de su producción. Existe una Guía disponible sobre la prevención de la transferencia de MOAH no deseados a los alimentos(FoodDrink Europe 2018).

En muchos países no pertenecientes a la UE, la capacidad de análisis de MOAH puede ser limitada. El Centro Común de Investigación (CCI) de la Comisión Europea ha publicado una Guía sobre muestreo, análisis y notificación de datos para el seguimiento de MOH en alimentos y materiales en contacto con alimentos(Bratinova et al. 2023).

Actualmente, no existen límites de la UE para los MOSH en los alimentos. Sin embargo, algunos Estados miembros de la UE han establecido niveles nacionales de referencia, por lo que se recomienda a los explotadores de empresas alimentarias que también controlen los alimentos en busca de MOSH y desarrollen medidas para prevenir la contaminación.

Antecedentes

Hidrocarburos de aceites minerales

Los hidrocarburos de aceites minerales se dividen en dos clases principales:

  • hidrocarburos saturados de aceites minerales (MOSH)
  • hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH).

Los hidrocarburos de aceites minerales entran en la cadena alimentaria en varios puntos: por contaminación ambiental durante la recolección, por contacto accidental con lubricantes durante el procesado o como resultado de la migración de materiales en contacto con alimentos. El cartón reciclado puede contener residuos de disolventes de tintas de impresión que pueden migrar fácilmente a los alimentos.

Para más información, consulte la página web de la Comisión Europea Hidrocarburos de aceites minerales (MOH).

Análisis de MOAH

Los análisis de MOAH en los alimentos suelen realizarse mediante el acoplamiento de cromatografía líquida y de gases con posterior detección por ionización de llama (LC-GC-FID). Sin embargo, en los casos en los que las sustancias presentes de forma natural/biogénica interfieren con el análisis, se necesita un análisis de confirmación con cromatografía de gases bidimensional (GCxGC) para confirmar la concentración de MOAH(Bratinova et al. 2023).

Recursos

Bratinova, S., Hoekstra, E. y Robouch, P. (2023) Guía sobre muestreo, análisis y comunicación de datos para el control de hidrocarburos de aceites minerales en alimentos y materiales en contacto con alimentos. Comisión Europea, Centro Común de Investigación.

EFSA (2023) Actualización de la evaluación de riesgos de los hidrocarburos de aceites minerales en los alimentos. EFSA Journal, 21(9): e08215.

Comisión Europea (2022) Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos: Sección de Nuevos Alimentos y Seguridad Toxicológica de la Cadena Alimentaria, 21 de abril de 2022. Informe resumido

Comisión Europea (2024) Documento de preguntas frecuentes sobre el proyecto de medidas reglamentarias relativas a los hidrocarburos de aceites minerales (MOH) en los alimentos-Rev.2.

FoodDrink Europe (2018) Caja de herramientas sobre la reducción de la transferencia de aceites minerales a los alimentos.

Fuentes

Proyecto de Reglamento de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/915 en lo que se refiere a los niveles máximos de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales en los alimentos

Proyecto de anexo [PLAN/2023/2345 ANEXO CIS]

Tablas y figuras

AG00083-Table1AREV_03-06-26 AG00083-Table1BREV_03-06-26r

Source: based on Draft Annex

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.

La UE fijará niveles máximos de hidrocarburos aromáticos de aceites minerales en los alimentos

Draft Commission Regulation amending Regulation (EU) 2023/915 as regards maximum levels of mineral oil aromatic hydrocarbons in food

Draft Annex [PLAN/2023/2345 ANNEX CIS]

¿qué está cambiando y por qué?

Dado que los hidrocarburos aromáticos de aceites minerales (MOAH) son peligrosos para los seres humanos, la Unión Europea (UE) propone establecer niveles máximos permitidos de MOAH en determinados alimentos, tal como se indica en la Tabla 1.

La propuesta de la UE supone un cambio significativo respecto a la situación actual. Actualmente, los Estados miembros de la UE pueden retirar productos o recuperarlos del mercado cuando los niveles de MOAH superan los siguientes límites de cuantificación (LOQ)

  • 0.5 mg/kg para alimentos secos con un bajo contenido de grasa/aceite (≤4% de grasa/aceite)
  • 1 mg/kg para alimentos con un contenido de grasa/aceite más elevado (>4% de grasa/aceite, ≤50% de grasa/aceite)
  • 2 mg/kg para grasas/aceites o alimentos con >50% de grasa/aceite.

Pero estos límites no están fijados en la legislación de la UE. La UE pretende ahora reforzar estos límites estableciendo niveles máximos en la legislación.

Acciones

Los proveedores de los sectores alimentarios incluidos en la Tabla 1, en particular, deben aumentar la vigilancia de los MOAH para identificar cualquier presencia de estas sustancias en sus productos. Cuando se identifican MOAH en los alimentos, los proveedores deben comprobar todas las fases del proceso de suministro, identificar las fuentes de contaminación y desarrollar medidas para evitar una mayor contaminación de su producción.

Consulte también estos recursos de AGRINFO:

  • Guía con más información sobre los hidrocarburos de aceites minerales (MOH), sus orígenes y efectos, las intenciones reguladoras de la UE, los sectores más afectados y las acciones necesarias para prepararse para el cumplimiento de las nuevas reglas (disponible en inglés, francés, español y portugués)
  • Grabaciones en vídeo de los seminarios web del MOH (en inglés, francés, español y portugués)
  • Preguntas y respuestas derivadas de los seminarios web (en inglés, francés, español y portugués).

Tenga en cuenta que estos recursos se produjeron antes de la última actualización de esta propuesta, y deben leerse junto con los detalles de la Tabla 1 y el informe completo de AGRINFO.

Cronología

Los Estados miembros de la UE aprobaron los niveles máximos para el MOAH el 13 de mayo de 2026; la adopción formal está prevista para octubre de 2026.

Los nuevos niveles máximos se aplicarán a partir del 1 de enero de 2027, excepto en los casos específicos enumerados en el cuadro 1, en los que se aplica una fecha de aplicación posterior.

Tablas y figuras

AG00083-Table1AREV_03-06-26 AG00083-Table1BREV_03-06-26r

Source: based on Draft Annex

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.