Lista de países no pertenecientes a la UE que cumplen los nuevos requisitos antimicrobianos de la UE
- Animal health
- Animal health certification
- Antimicrobial resistance
- Third country lists
- Animal health controls
- Food safety controls
- Official controls
Resumen
La UE ha actualizado la lista de países no comunitarios que cumplen los nuevos requisitos de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos en animales o productos de origen animal (véanse las reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).
Se han añadido a la nueva lista provisional de antimicrobianos los siguientes países Armenia, Benín, Belice, Burkina Faso, Eswatini, Indonesia, India, Irán, Kenia, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Serbia, Tanzania, Túnez, Uganda, Uzbekistán y Wallis y Futuna.
Sólo los países que disponen de un plan de vigilancia de residuos aprobado (enumerados en el Reglamento 2021/405, anexo I) pueden figurar también en la lista de antimicrobianos.
La lista actualizada para los antimicrobianos incluye ahora todos los países que figuran en relación con los planes de control de residuos (en el Reglamento 2021/405, Anexo -I) excepto:
- Brasil: vacuno, equino, aves de corral, acuicultura, huevos, miel, tripa
- Kazajstán: miel
- Panamá: acuicultura
- (Emiratos Árabes Unidos, que queda fuera del ámbito de aplicación de AGRINFO).
Estos países pueden añadirse a la lista una vez que hayan ofrecido garantías de que pueden cumplir los requisitos antimicrobianos de la UE.
La UE actualiza la lista de países no comunitarios que cumplen los requisitos antimicrobianos y están autorizados a exportar animales y productos de origen animal
Proyecto de anexo: Lista de terceros países o regiones de los mismos autorizados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados animales y productos de origen animal destinados al consumo humano por lo que respecta a las restricciones de uso de determinados medicamentos antimicrobianos establecidas en el artículo 118, apartado 1, del Reglamento (UE) 2019/6
Actualización
La UE ha actualizado la lista de países no comunitarios que cumplen los nuevos requisitos de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos en animales o productos de origen animal (véanse las reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).
Se han añadido a la nueva lista provisional de antimicrobianos los siguientes países Armenia, Benín, Belice, Burkina Faso, Eswatini, Indonesia, India, Irán, Kenia, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Serbia, Tanzania, Túnez, Uganda, Uzbekistán y Wallis y Futuna.
Sólo los países que disponen de un plan de vigilancia de residuos aprobado (enumerados en el Reglamento 2021/405, anexo I) pueden figurar también en la lista de antimicrobianos.
La lista actualizada para los antimicrobianos incluye ahora todos los países que figuran en relación con los planes de control de residuos (en el Reglamento 2021/405, Anexo -I) excepto:
- Brasil: vacuno, equino, aves de corral, acuicultura, huevos, miel, tripa
- Kazajstán: miel
- Panamá: acuicultura
- (Emiratos Árabes Unidos, que queda fuera del ámbito de aplicación de AGRINFO).
Estos países pueden añadirse a la lista una vez que hayan ofrecido garantías de que pueden cumplir los requisitos antimicrobianos de la UE.
Productos afectados
Animales y productos de origen animal destinados al consumo humano, excepto:
- gelatina, colágeno, productos muy refinados, productos compuestos, animales salvajes, insectos, ranas, caracoles, reptiles
- animales y alimentos en tránsito no comercializados en la UE
- animales o productos de origen animal no destinados al consumo humano
- muestras para análisis de productos y pruebas de calidad no comercializadas.
¿qué está cambiando?
La UE ha actualizado su lista de países que han ofrecido garantías de conformidad con la prohibición comunitaria de utilizar en animales
- determinados antimicrobianos reservados para tratar a los seres humanos
- antimicrobianos como promotores del crecimiento o para aumentar el rendimiento.
Los símbolos utilizados en el proyecto de anexo se explican en el cuadro 1.
Para más detalles, véanse las reglas sobre los antimicrobianos prohibidos en los productos animales importados.
Se han añadido los siguientes países a este nuevo proyecto de lista de antimicrobianos: Armenia, Benín, Belice, Burkina Faso, Eswatini, Indonesia, India, Irán, Kenia, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Serbia, Tanzania, Túnez, Uganda, Uzbekistán y Wallis y Futuna.
Sólo los países que disponen de un plan de vigilancia de residuos aprobado (enumerados en el Reglamento 2021/405, anexo I) pueden figurar también en la lista de antimicrobianos.
La lista actualizada para los antimicrobianos incluye ahora todos los países que figuran en relación con los planes de control de residuos (Reglamento 2021/405, Anexo -I) excepto:
- Brasil: vacuno, equino, aves de corral, acuicultura, huevos, miel, tripa
- Kazajstán: miel
- Panamá: acuicultura
- (Emiratos Árabes Unidos, que queda fuera del ámbito de aplicación de AGRINFO).
Como está previsto que Mozambique sea excluido de la lista del anexo I (véase Listas de salud pública de los países que pueden exportar productos animales a la UE - actualización de mediados de 2026), no figura en esta nueva lista para los antimicrobianos.
Jamaica no necesita figurar en la lista para los antimicrobianos, ya que sólo exporta moluscos silvestres.
Para más información sobre la lista de países no comunitarios autorizados a exportar productos animales, véase Listas de países no comunitarios para salud pública y sanidad animal - Explicación.
Para garantizar que todas las listas de salud pública figuren en el mismo Reglamento, la lista de países autorizados en relación con los antimicrobianos se integra como nuevo anexo del Reglamento 2021/405. Se deroga el Reglamento 2024/2598.
¿Por qué?
La lista de países no pertenecientes a la UE que cumplen la normativa tiene por objeto garantizar que los alimentos de origen animal importados en la UE cumplan sus requisitos sobre el uso de antimicrobianos en animales destinados a la producción de alimentos (Reglamento 2023/905).
Cronología
Los Estados miembros de la UE votaron a favor el 12 de mayo de 2026. Se espera que la nueva regulación se publique en breve en el Diario Oficial de la Unión Europea.
La lista de países autorizados a exportar productos animales a la UE se aplicará a partir del 3 de septiembre de 2026 (24 meses después de la entrada en vigor de los modelos revisados de certificados sanitarios ).
¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?
Solo los países incluidos en la lista de antimicrobianos para la mercancía o mercancías marcadas (véase el cuadro 1) estarán autorizados a seguir exportando estos productos a la UE a partir del 3 de septiembre de 2026.
La lista se actualizará según sea necesario, sobre la base de las pruebas y garantías recibidas por la UE.
Las garantías ofrecidas por los países exportadores podrán comprobarse en el curso de las auditorías sanitarias y alimentarias de la UE (véase el programa de auditorías alimentarias 2026: países no pertenecientes a la UE objeto de controles).
Acciones recomendadas
Se recomienda a los países que actualmente no están incluidos en la lista de países autorizados para los antimicrobianos que tomen las medidas necesarias para garantizar que a los productos animales que pretenden exportar a la UE no se les han administrado los antimicrobianos pertinentes (para más detalles, véase Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena alimentaria). Cuando puedan ofrecer garantías, deberán presentarlas a SANTE-VETERINARY-MEDICINES@ec.europa.eu.
Puede solicitarse una plantilla para presentar las garantías sobre los antimicrobianos a SANTE-VETERINARY-MEDICINES@ec.europa.eu. Estas garantías deben incluir todos los tipos de productos animales exportados a la UE para evitar posibles interrupciones del comercio(Comisión Europea 2023). Esto incluye los antibióticos prohibidos que están
- reservados para tratamientos humanos, y
- utilizados como promotores del crecimiento o para aumentar el rendimiento.
Se recomienda a los países no pertenecientes a la UE que hayan presentado una solicitud para figurar en la lista en relación con los planes de control de residuos (Reglamento 2021/405, Anexo -I) para un determinado producto animal que trabajen en paralelo en el cumplimiento de los requisitos antimicrobianos. Para exportar a la UE es necesaria la autorización en ambas listas. Para una visión general de qué autorizaciones se requieren por producto, véase Listas de países no pertenecientes a la UE para salud pública y sanidad animal - explicadas.
Antecedentes
La resistencia a los antimicrobianos se considera una grave amenaza para la salud mundial. La UE pretende contener la propagación de la resistencia a los antimicrobianos introduciendo medidas concretas que garanticen un uso prudente y responsable de los antimicrobianos en los animales.
El Reglamento 2023/905 establece requisitos más estrictos para garantizar que los animales vivos y determinados productos de origen animal exportados a la UE no se produzcan utilizando ciertos antimicrobianos prohibidos. Para poder exportarlos, los países tienen que estar incluidos en la lista oficial de países exportadores autorizados (confirmando que cumplen las nuevas reglas sobre antimicrobianos) antes del 3 de septiembre de 2026.
A partir del 3 de septiembre de 2024, los exportadores deberán utilizar los certificados oficiales actualizados que incluyan un certificado de conformidad firmado por sus autoridades competentes (véase Modelo de certificado sanitario: certificado antimicrobiano).
Recursos
Guía AGRINFO: Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena alimentaria
Recursos en línea de la Comisión Europea:
- Especificaciones relativas a la lista de terceros países y a las modificaciones de los certificados oficiales de exportación, Powerpoint, 8 de junio de 2023
- Situación de la aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2023/905 de la Comisión, Powerpoint, 6 de marzo de 2024
- Aplicación del Reglamento de la UE sobre medicamentos veterinarios: "Reglas detalladas relativas a los animales o productos de origen animal importados en la Unión (artículo 118, apartado 2)"
Reglamento 2024/399 en lo que respecta a los modelos de certificados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados productos de origen animal y determinadas categorías de animales
Reglamento (UE) 2023/905 en lo que respecta a la aplicación de la prohibición de utilizar determinados medicamentos antimicrobianos en animales o productos de origen animal exportados de terceros países a la Unión
Reglamento (UE) 2022/1255 por el que se designan los antimicrobianos o grupos de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos
Reglamento (UE) 2021/1760 por el que se establecen los criterios para la designación de los antimicrobianos que deben reservarse para el tratamiento de determinadas infecciones en los seres humanos
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/405 de la Comisión por el que se establecen las listas de terceros países o regiones de terceros países autorizados a introducir en la Unión determinados animales y mercancías destinados al consumo humano
Reglamento 2019/6 sobre medicamentos veterinarios
Fuentes
Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2598 de la Comisión por el que se establece la lista de terceros países o regiones de terceros países autorizados a introducir en la Unión determinados animales y productos de origen animal destinados al consumo humano, en lo relativo a la aplicación de la prohibición de utilizar determinados medicamentos antimicrobianos
Tablas y figuras
Source: based on Regulation 2021/405, Annex -I
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La UE actualiza la lista de países no comunitarios que cumplen los requisitos antimicrobianos y están autorizados a exportar animales y productos de origen animal
Draft Annex: List of third countries or regions thereof authorised for the entry into the Union of consignments of certain animals and products of animal origin intended for human consumption as regards the restrictions on the use of certain antimicrobial medicinal products
¿qué está cambiando y por qué?
La UE ha actualizado la lista de países no comunitarios que cumplen los nuevos requisitos de la UE sobre el uso de medicamentos antimicrobianos en animales o productos de origen animal (véanse las reglas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).
Se han añadido a la nueva lista provisional de antimicrobianos los siguientes países Armenia, Benín, Belice, Burkina Faso, Eswatini, Indonesia, India, Irán, Kenia, Mauricio, Nigeria, Sri Lanka, Serbia, Tanzania, Túnez, Uganda, Uzbekistán y Wallis y Futuna.
Sólo los países que disponen de un plan de vigilancia de residuos aprobado (enumerados en el Reglamento 2021/405, anexo I) pueden figurar también en la lista de antimicrobianos.
La lista actualizada para los antimicrobianos incluye ahora todos los países que figuran en relación con los planes de control de residuos (en el Reglamento 2021/405, Anexo -I) excepto:
- Brasil: vacuno, equino, aves de corral, acuicultura, huevos, miel, tripa
- Kazajstán: miel
- Panamá: acuicultura
- (Emiratos Árabes Unidos, que queda fuera del ámbito de aplicación de AGRINFO).
Estos países pueden añadirse a la lista una vez que hayan ofrecido garantías de que pueden cumplir los requisitos antimicrobianos de la UE.
Acciones
Se recomienda a los países que actualmente no están incluidos en la lista de países autorizados para los antimicrobianos que tomen las medidas necesarias para garantizar que a los productos animales que pretenden exportar a la UE no se les han administrado los antimicrobianos pertinentes (para más detalles, véase Uso de antimicrobianos en animales de granja en la cadena alimentaria). Cuando puedan ofrecer garantías, deberán presentarlas a SANTE-VETERINARY-MEDICINES@ec.europa.eu.
Puede solicitarse una plantilla para presentar las garantías sobre los antimicrobianos a SANTE-VETERINARY-MEDICINES@ec.europa.eu. Estas garantías deben incluir todos los tipos de productos animales exportados a la UE para evitar posibles interrupciones del comercio(Comisión Europea 2023). Esto incluye los antibióticos prohibidos que están
- reservados para tratamientos humanos, y
- utilizados como promotores del crecimiento o para aumentar el rendimiento.
Se recomienda a los países no pertenecientes a la UE que hayan presentado una solicitud para figurar en la lista en relación con los planes de control de residuos (Reglamento 2021/405, Anexo -I) para un determinado producto animal que trabajen en paralelo en el cumplimiento de los requisitos antimicrobianos. Para exportar a la UE es necesaria la autorización en ambas listas. Para una visión general de qué autorizaciones se requieren por producto, véase Listas de países no pertenecientes a la UE para salud pública y sanidad animal - explicadas.
Cronología
Los Estados miembros de la UE votaron a favor el 12 de mayo de 2026. Se espera que la nueva regulación se publique en breve.
La lista de países autorizados a exportar productos animales a la UE se aplicará a partir del 3 de septiembre de 2026 (24 meses después de la entrada en vigor de los modelos revisados de certificados sanitarios ).
Tablas y figuras
Source: based on Regulation 2021/405, Annex -I
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