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2025/544

Modelos actualizados de certificados zoosanitarios/oficiales para animales terrestres vivos

  • Animal health
  • Animal health certification

Resumen

La Unión Europea (UE) ha actualizado los certificados zoosanitarios/oficiales que deben acompañar a los envíos de varias categorías de animales vivos (vacas, ovejas, cabras, cerdos, aves de corral y rátidas), huevos para incubar, esperma y embriones. Los certificados se han actualizado para adaptarlos a los cambios recientes de las normas sobre medicamentos antimicrobianos, tembladera (encefalopatías espongiformes transmisibles, EET) en cabras y gestión de determinadas enfermedades enumeradas.

La UE actualiza los certificados zoosanitarios para determinados animales terrestres vivos

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/544 de la Comisión, de 25 de marzo de 2025, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 en lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios/oficiales para la entrada en la Unión de partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos germinales

Actualización

La Unión Europea (UE) ha actualizado los certificados zoosanitarios/oficiales que deben acompañar a los envíos de varias categorías de animales vivos (vacas, ovejas, cabras, cerdos, aves de corral y rátidas), huevos para incubar, esperma y embriones. Los certificados se han actualizado para adaptarlos a los cambios recientes de las normas sobre medicamentos antimicrobianos, tembladera (encefalopatías espongiformes transmisibles, EET) en cabras y gestión de determinadas enfermedades enumeradas.

Productos afectados

Animales vivos, huevos para incubar, embriones, semen

¿qué está cambiando?

La UE ha actualizado los modelos de certificados zoosanitarios que deben acompañar a los envíos de los animales, huevos para incubar y productos germinales (esperma/embriones) enumerados en el cuadro 1.

Los modelos de certificado actualizados figuran en el anexo del nuevo Reglamento.

¿Por qué?

Los modelos de certificados zoosanitarios/oficiales que deben acompañar a los envíos de animales vivos comercializados en la UE se han actualizado teniendo en cuenta lo siguiente.

  • La atestación en los certificados pertinentes debe incluir una referencia a la lista de países y regiones no pertenecientes a la UE autorizados como conformes con las normas sobre medicamentos antimicrobianos (Reglamento 2024/2598: véase Lista de países no pertenecientes a la UE conformes con los nuevos requisitos antimicrobianos de la UE)
  • Para los animales ovinos y caprinos (ovejas y cabras), el modelo de certificado zoosanitario/oficial (modelo "OV/CAP-X" punto II.2.12) deberá incluir una referencia relativa a los animales caprinos genéticamente resistentes a las cepas clásicas de tembladera (véase el Reglamento EET actualizado para las cepas caprinas resistentes a la tembladera)
  • Para los animales (rumiantes y caballos) procedentes de establecimientos confinados, se han suprimido de los certificados las referencias a la infección por Brucella abortus, B. melitensis, B. suis y Mycobacterium tuberculosis complex.
  • Para determinadas categorías de aves de corral, ratites (aves no voladoras) y sus productos germinales procedentes de determinadas zonas, existe una opción de certificación alternativa adicional relativa a la infección por el virus de la enfermedad de Newcastle.

Cronología

Los nuevos modelos de certificados zoosanitarios se aplicarán a partir del 12 de mayo de 2025.

Hasta el 12 de noviembre de 2025, se podrán seguir expidiendo los modelos anteriores en uso antes del presente Reglamento. Los envíos de animales acompañados de certificados expedidos antes del 12 de noviembre de 2025 podrán comercializarse en el mercado de la UE hasta el 12 de febrero de 2026.

Acciones recomendadas

Es importante que los exportadores de animales vivos a la UE utilicen los modelos de certificado modificados lo antes posible para garantizar que todos los certificados sean correctos antes del 12 de noviembre de 2025 y que ninguna partida sea rechazada en la frontera de la UE.

Fondo

Los países que exportan animales vivos y productos de origen animal a la UE deben enviar las partidas acompañadas de certificados zoosanitarios/oficiales firmados por sus veterinarios oficiales. El objetivo es garantizar que las partidas cumplen los requisitos de la legislación de la UE.

Estos certificados figuran en el Reglamento 2021/403 para los animales terrestres y los productos germinales (esperma, óvulos y embriones).

Recursos

Reglamento de Ejecución (UE) 2021/403 de la Comisión por el que se establecen disposiciones de aplicación de los Reglamentos (UE) 2016/429 y (UE) 2017/625 en lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios/oficiales, para la entrada en la Unión y los desplazamientos entre Estados miembros de partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos germinales, la certificación oficial relativa a dichos certificados y se deroga la Decisión 2010/470/UE

Fuentes

Reglamento de Ejecución (UE) 2025/544 de la Comisión en lo que respecta a los modelos de certificados zoosanitarios y los modelos de certificados zoosanitarios/oficiales para la entrada en la Unión de partidas de determinadas categorías de animales terrestres y sus productos germinales

Tablas y figuras

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Source: Regulation 2025/544

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La UE actualiza los certificados zoosanitarios para determinados animales terrestres vivos

Commission Implementing Regulation (EU) 2025/544 as regards model animal health certificates and model animal health/official certificates for the entry into the Union of consignments of certain categories of terrestrial animals and germinal products thereof

¿qué está cambiando y por qué?

La Unión Europea (UE) ha actualizado los modelos de certificados zoosanitarios que deben acompañar a los envíos de animales vivos (vacas, ovejas, cabras, cerdos, aves de corral y ratites [aves no voladoras]), huevos para incubar, esperma y embriones. Los certificados actualizados, enumerados en el cuadro 1, se ajustan a los cambios recientes de las normas sobre medicamentos antimicrobianos, tembladera (encefalopatías espongiformes transmisibles, EET) en cabras y gestión de determinadas enfermedades enumeradas.

Acciones

Es importante que los exportadores de animales vivos a la UE utilicen los modelos de certificado modificados lo antes posible para garantizar que todos los certificados sean correctos antes del 12 de noviembre de 2025 y que ninguna partida sea rechazada en la frontera de la UE.

Cronología

Los nuevos modelos de certificados zoosanitarios se aplicarán a partir del 12 de mayo de 2025.

Hasta el 12 de noviembre de 2025, se podrán seguir expidiendo los modelos anteriores en uso antes del presente Reglamento. Los envíos de animales acompañados de certificados expedidos antes del 12 de noviembre de 2025 podrán comercializarse en el mercado de la UE hasta el 12 de febrero de 2026.

Tablas y figuras

AG00601_Table1_25-04-25

Source: Regulation 2025/544

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