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2022/1255

Lista de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en humanos

  • Antimicrobial resistance

Resumen

La UE publicó la lista de antimicrobianos (antibióticos, antivirales y antiprotozoarios) que deben limitarse al uso humano y no pueden utilizarse en animales. A partir del 3 de septiembre de 2026, sólo se autorizará la exportación a la UE de alimentos producidos a partir de animales que nunca hayan sido tratados con estas sustancias (véase Normas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).

Los antimicrobianos enumerados (antibióticos, antivirales, antiprotozoarios) sólo pueden ser de uso humano y no deben utilizarse en animales destinados a la producción de alimentos

Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1255 de la Comisión, de 19 de julio de 2022, por el que se designan los antimicrobianos o grupos de antimicrobianos reservados para el tratamiento de determinadas infecciones en seres humanos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/6 del Parlamento Europeo y del Consejo

Actualización

La UE publicó la lista de antimicrobianos (antibióticos, antivirales y antiprotozoarios) que deben limitarse al uso humano y no pueden utilizarse en animales. A partir del 3 de septiembre de 2026, sólo se autorizará la exportación a la UE de alimentos producidos a partir de animales que nunca hayan sido tratados con estas sustancias (véase Normas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).

¿qué está cambiando?

La UE prohíbe ahora el uso en animales destinados a la producción de alimentos de las sustancias enumeradas en el cuadro 1.

¿Por qué?

La resistencia a los antimicrobianos se considera una grave amenaza para la salud mundial. La UE pretende limitar el uso de determinados medicamentos para tratar a los seres humanos, a fin de garantizar su eficacia continuada. Esto es coherente con el enfoque "Una sola salud" de la UE: "la gestión de los antimicrobianos en un sector puede afectar a la resistencia a los antimicrobianos en los demás sectores" [Reglamento Delegado (UE) 2021/1760, considerando (2)].

Cronología

La lista se aplicará a partir del 9 de febrero de 2023 a los alimentos de origen animal producidos en la UE y a partir del 3 de septiembre de 2026 a los alimentos de origen animal exportados de países no comunitarios a la UE (Reglamento 2023/905).

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Si estos antimicrobianos se utilizan en los países exportadores en animales productores de alimentos (o sus productos) destinados a la exportación a la UE, su uso debe identificarse y sustituirse por alternativas.

Acciones recomendadas

Los exportadores de animales y de alimentos de origen animal deben garantizar que los alimentos que entren en la UE a partir del 3 de septiembre de 2026 procedan de animales que no hayan sido tratados con ninguno de los tratamientos antimicrobianos enumerados (ni siquiera para uso médico).

Fondo

En el marco de la lucha contra la resistencia a los antimicrobianos, el Reglamento (UE) 2019/6 establece una serie de medidas concretas para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos y promover un uso más prudente y responsable de los medicamentos antimicrobianos en los animales, incluidas normas muy estrictas sobre su prescripción veterinaria para uso profiláctico y metafiláctico. Dicho Reglamento también establece que los medicamentos antimicrobianos no deben administrarse de forma rutinaria, ni utilizarse para compensar una higiene deficiente, una cría de animales inadecuada, la falta de cuidados o una gestión deficiente de las explotaciones. El art. 118(1) prevé que la obligación se aplique también a los alimentos de origen animal exportados a la UE.

El Reglamento Delegado (UE) 2021/1760 establece criterios para la designación de los antimicrobianos que deben reservarse para el tratamiento de determinadas infecciones en los seres humanos. Basándose en estos criterios, el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1255 establece ahora esta lista de antimicrobianos.

Fuentes

Reglamento de aplicación (UE) 2022/1255

Tablas y figuras

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Los antimicrobianos enumerados (antibióticos, antivirales, antiprotozoarios) sólo pueden ser de uso humano y no deben utilizarse en animales destinados a la producción de alimentos

Commission Implementing Regulation (EU) 2022/1255 designating antimicrobials or groups of antimicrobials reserved for treatment of certain infections in humans, in accordance with Regulation (EU) 2019/6 of the European Parliament and of the Council

¿qué está cambiando y por qué?

La resistencia a los antimicrobianos se considera una grave amenaza para la salud mundial. La UE pretende limitar el uso de determinados fármacos para tratar a los seres humanos, a fin de garantizar su eficacia continuada. En la actualidad, la UE prohíbe el uso de las sustancias enumeradas en el cuadro 1 en animales destinados a la producción de alimentos.

Acciones

Los exportadores de animales y de alimentos de origen animal deben garantizar que los alimentos que entren en la UE a partir del 3 de septiembre de 2026 procedan de animales que no hayan sido tratados con ninguno de los tratamientos antimicrobianos enumerados (ni siquiera para uso médico) (véanse las Normas sobre antimicrobianos prohibidos en productos de origen animal importados).

Cronología

La lista se aplicará a partir del 9 de febrero de 2023 a los alimentos de origen animal producidos en la UE y a partir del 3 de septiembre de 2026 a los alimentos de origen animal exportados de países no comunitarios a la UE (Reglamento 2023/905).

Tablas y figuras

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