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Medidas nacionales francesas relativas a los LMR de carbendazima, tiofanato-metil, glufosinato y mancozeb

  • Pesticide MRLs

Resumen

El 7 de enero de 2025, el Gobierno francés emitió una Orden por la que se suspendía la importación y venta de determinados productos alimenticios crudos o transformados, incluidas algunas frutas, verduras, soja, cereales y miel, procedentes de fuera de la Unión Europea (UE) si contenían carbendazima (suma de carbendazima y benomilo), tiofanato-metil, glufosinato o mancozeb. El uso de estos plaguicidas no está autorizado en la UE.

La Orden se notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 9 de enero de 2026, y se aplica desde el 8 de febrero de 2026. Sólo se aplica a los alimentos comercializados en el mercado francés, y no a los comercializados en los mercados de otros Estados miembros de la UE.

El Ministerio de Agricultura francés ha publicado un documento de preguntas frecuentes para ayudar a los operadores a aplicar las nuevas medidas.

Francia prohíbe las importaciones de determinados alimentos que contienen residuos de carbendazima, tiofanato-metil, glufosinato y mancozeb

Decreto de 5 de enero de 2026 por el que se suspende la importación, la introducción y la comercialización a título gratuito u oneroso en Francia de productos alimenticios procedentes de terceros países de la Unión Europea que contengan residuos de determinadas sustancias fitofarmacéuticas activas prohibidas en la Unión Europea

Actualización

El 7 de enero de 2025, el Gobierno francés emitió una Orden por la que se suspendía la importación y venta de determinados productos alimenticios crudos o transformados, incluidas algunas frutas, verduras, soja, cereales y miel, procedentes de fuera de la Unión Europea (UE) si contenían carbendazima (suma de carbendazima y benomilo), tiofanato-metil, glufosinato o mancozeb. El uso de estos plaguicidas no está autorizado en la UE.

La Orden se notificó a la Organización Mundial del Comercio (OMC) el 9 de enero de 2026, y se aplica desde el 8 de febrero de 2026. Sólo se aplica a los alimentos comercializados en el mercado francés, y no a los comercializados en los mercados de otros Estados miembros de la UE.

El Ministerio de Agricultura francés ha publicado un documento de preguntas frecuentes para ayudar a los operadores a aplicar las nuevas medidas.

Productos afectados

Manzanas, albaricoques, berenjenas/plantones de huevo, aguacates, cebada, judías (con vaina), grosellas negras, coles de Bruselas, cerezas (dulces), clementinas/mandarinas, pomelos, uvas (de vino y de mesa), nísperos japoneses, limones, lechugas, limas, mangos, nísperos, melones, setas (cultivadas), avena, okra/dedos de dama, naranjas, papayas, melocotones, peras, guisantes (con vaina), pimientos dulces/pimientos morrones, ciruelas, frutas de pepita (otras), papas, calabazas, membrillos, centeno, algas y organismos procarióticos, soja, fresas, tomates, sandías, trigo

¿qué está cambiando?

El 7 de enero de 2025, el Gobierno francés promulgó un decreto por el que se suspende la importación y venta de algunos productos alimenticios procedentes de fuera de la UE si contienen determinados plaguicidas cuyo uso no está autorizado en la UE. El decreto completo en francés está disponible en https://www.legifrance.gouv.fr/jorf/id/JORFTEXT000053313910.

Esta medida de las autoridades francesas se refiere a los plaguicidas carbendazima (incluye la suma de carbendazima y benomilo), tiofanato-metil, glufosinato y mancozeb, y sus LMR permitidos en alimentos seleccionados (crudos o transformados). Los alimentos afectados se enumeran en el cuadro 1. En Francia, está prohibido importar y comercializar estos alimentos si contienen residuos de cualquiera de estos plaguicidas. Esta medida sólo se aplica al mercado francés; por lo tanto, los LMR franceses recién establecidos no están alineados con los LMR de la UE actualmente en vigor en otros Estados miembros de la UE.

Esta Orden entró en vigor el 8 de enero de 2026, con un periodo de gracia de 1 mes hasta su aplicación, y fue notificada a la OMC el 9 de enero de 2026. Este brevísimo periodo de transición dejó poco tiempo a los productores y comerciantes para adaptarse a estos nuevos requisitos.

El 20 de enero de 2026, la Comisión Europea y los Estados miembros de la UE debatieron si la UE requería medidas similares. Los Estados miembros de la UE no apoyaron una medida de emergencia para toda la UE, y continuarán llevando a cabo las siguientes acciones que ya están previstas:

  • carbendazima, tiofanato-metil y benomilo: publicación de un proyecto de Reglamento por el que se reducen los límites máximos de residuos (LMR) de todos los productos (véanse los registros de AGRINFO sobre carbendazima, tiofanato-metil y benomilo)
  • glufosinato: actualización de la evaluación de riesgos a escala de la UE
  • ditiocarbamatos (incluido el mancozeb): desarrollo de métodos analíticos específicos.

Sólo un Estado miembro de la UE apoyó la derogación de la Orden francesa, y se acordó que Francia podría mantener su propia medida de emergencia(Comisión Europea 2026).

¿Por qué?

Según la legislación de la UE, cuando un Estado miembro informa a la Comisión Europea de un riesgo grave evidente para la salud humana, la sanidad animal o el medio ambiente, y la Comisión no toma medidas para hacer frente a ese riesgo, un Estado miembro puede adoptar medidas provisionales de protección (Reglamento 178/2002, arts. 53 y 54). Esta es la base jurídica de la Orden presentada por Francia.

Cronología

Esta Orden entró en vigor el 8 de enero de 2026 y se aplica desde el 8 de febrero de 2026.

Antecedentes

Carbendazima (carbendazima + benomilo) y tiofanato-metil

El uso de carbendazima (carbendazima + benomilo) y tiofanato-metil ya no está autorizado en la UE, ya que los fabricantes no han presentado ninguna solicitud para su reaprobación. Cuando las sustancias no se vuelven a aprobar, los LMR se fijan en el límite de cuantificación (LOQ), excepto en los productos para los que se establece una tolerancia de importación basada en usos fuera de la UE, y cuando estos LMR son considerados seguros por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA). En el caso de la carbendazima y el tiofanato-metil, actualmente existen tolerancias de importación de la UE en cítricos, mangos, papayas y okra/dedos de dama.

En febrero de 2026, la Comisión Europea publicó un proyecto de Reglamento por el que se reducen los límites máximos de residuos (LMR) de todos los productos (véanse las fichas del AGRINFO sobre carbendazima, tiofanato-metil y benomilo).

Glufosinato

El uso de glufosinato no está aprobado en la UE desde julio de 2018, ya que el fabricante no presentó ninguna solicitud para su reaprobación. Todavía puede utilizarse, pero debe sustituirse por alternativas más seguras cuando existan.

Actualmente siguen vigentes los LMR de tolerancia a la importación para varios productos, de los cuales solo las papas están incluidas en la Orden francesa: el LMR en las papas se redujo al LOQ, mientras que para otros alimentos el LMR de tolerancia a la importación de la UE se mantiene en 0,3 mg/kg (consulte la Base de datos de plaguicidas de la UE).

Mancozeb

El mancozeb pertenece al grupo de los ditiocarbamatos, que también incluye el maneb, el metiram, el propineb, el tiram y el ziram. Aunque el uso de estas sustancias no está aprobado en la UE, siguen vigentes varios LMR de tolerancia a la importación.

En 2024, la Comisión Europea informó a la OMC de su intención de modificar los LMR de ditiocarbamatos en una serie de productos(G/SPS/N/EU/788). Para los productos en los que existen LMR del Codex (CXL) o tolerancias de importación y se consideran seguros, la Comisión propuso ajustar los LMR en consecuencia. Para más detalles sobre los cambios propuestos y los productos afectados, véase Límites máximos de residuos de ditiocarbamatos.

Dado que en la actualidad se dispone de datos limitados sobre determinados productos, siguen en curso nuevas evaluaciones y posibles ajustes. La adopción de esta propuesta estaba prevista inicialmente para 2025, pero está en suspenso a la espera de nuevos debates en la Comisión.

Recursos

EFSA (2021) Reasoned opinion on the toxicological properties and maximum residue levels (MRLs) for the benzimidazole substances carbendazim and thiophanate-methyl. EFSA Journal, 19(7): e06773.

Reglamento (CE) nº 178/2002 por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria.

Comisión Europea (2026) Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos, Sección Fitofármacos - Residuos. Informe de síntesis, 20 de enero.

Ministère de l'Agriculture, de l'Agro-alimentaire et de la Souveraineté alimentaire (2026) Foire aux questions: suspension de la mise sur le marché en France de denrées alimentaires provenant de pays tiers contenant des résidus de substances actives phytopharmaceutiques interdites dans l'Union européenne

Fuentes

Decreto de 5 de enero de 2026 por el que se suspende la importación, la introducción y la comercialización a título gratuito u oneroso en Francia de productos alimenticios procedentes de países terceros de la Unión Europea que contengan residuos de determinadas sustancias fitofarmacéuticas activas prohibidas en la Unión Europea

Tablas y figuras

AG00735-Table1-14-01-26

Source: based on Art. 1 of the French Order

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Francia prohíbe las importaciones de determinados alimentos que contienen residuos de carbendazima, tiofanato-metil, glufosinato y mancozeb

Arrêté du 5 janvier 2026 portant suspension d’importation, d’introduction et de mise sur le marché à titre gratuit ou onéreux, en France, de denrées alimentaires provenant de pays tiers à l’Union européenne contenant des résidus de certaines substances actives phytopharmaceutiques interdites d’utilisation dans l’Union européenne

¿qué está cambiando y por qué?

El 7 de enero de 2025, el Gobierno francés emitió una Orden por la que se suspende la importación y venta de algunos productos alimenticios procedentes de fuera de la Unión Europea (UE) si contienen determinados plaguicidas cuyo uso no está autorizado en la UE. Esta medida de las autoridades francesas se refiere a los plaguicidas carbendazima (incluye la suma de carbendazima y benomilo), tiofanato-metil, glufosinato y mancozeb. La Orden se aplica desde el 8 de febrero de 2026. Se aplica únicamente a los alimentos comercializados en el mercado francés, y no a los comercializados en los mercados de otros Estados miembros de la UE.

El Ministerio de Agricultura francés ha publicado un documento de preguntas frecuentes para ayudar a los operadores a aplicar las nuevas medidas.

La legislación de la UE sólo permite a los Estados miembros adoptar medidas nacionales de emergencia en caso de riesgo grave evidente para la salud humana. La Orden se notificó a la Organización Mundial del Comercio el 9 de enero de 2026.

El 20 de enero de 2026, la Comisión Europea y los Estados miembros de la UE debatieron la Orden francesa. Los Estados miembros de la UE no apoyaron una medida de emergencia a escala de la UE como la propuesta por Francia, y en su lugar continuarán con las acciones que ya están previstas sobre estas sustancias. Los Estados miembros de la UE no apoyaron la derogación de la Orden francesa, y se acordó que Francia puede mantener su propia medida de emergencia.

Cronología

Esta Orden se aplica desde el 8 de febrero de 2026.

Tablas y figuras

AG00735-Table1-14-01-26

Source: based on Art. 1 of the French Order

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