AGRINFO AGRINFO logo
Lo último sobre las políticas agroalimentarias de la ue que afectan a los países de renta baja y media

Lista de países autorizados a exportar productos animales a la UE: segunda actualización

  • Food safety
  • Third country lists
  • Food safety controls

Resumen

La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC)(G/SPS/N/EU/885) de su intención de modificar la lista de países no comunitarios autorizados a exportar a la UE determinados productos de origen animal (con arreglo al Reglamento 2021/405).

Cambios propuestos para determinados productos animales

Nuevas autorizaciones:

  • Albania: productos que contengan crustáceos crudos importados de la UE o de países autorizados
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura
  • República Kirguisa: miel.

Autorizaciones suspendidas:

  • Ucrania: conejo de granja y gasterópodos marinos.

La Comisión también propone añadir "preparados de carne" a la lista de productos de conejo de granja y lepóridos silvestres que los países autorizados pueden exportar a la UE.

La consulta de la OMC sobre esta propuesta está abierta hasta el 16 de noviembre de 2025.

La UE actualizará la lista sanitaria de países que pueden exportar a la UE determinados productos animales - repercusiones para Albania, República Kirguisa, Macedonia del Norte, Uganda y Ucrania

Proyecto de Reglamento de Ejecución de la Comisión por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/405 de la Comisión en lo que respecta a las listas de terceros países o regiones de los mismos autorizados para la entrada en la Unión de partidas de determinados animales y mercancías destinadas al consumo humano de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo [descargar]

Proyecto de anexo [descargar]

Actualización

La Comisión Europea ha informado al Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC)(G/SPS/N/EU/885) de su intención de modificar la lista de países no comunitarios autorizados a exportar a la UE determinados productos de origen animal (con arreglo al Reglamento 2021/405).

Cambios propuestos para determinados productos animales

Nuevas autorizaciones:

  • Albania: productos que contengan crustáceos crudos importados de la UE o de países autorizados
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura
  • República Kirguisa: miel.

Autorizaciones suspendidas:

  • Ucrania: conejo de granja y gasterópodos marinos.

La Comisión también propone añadir "preparados de carne" a la lista de productos de conejo de granja y lepóridos silvestres que los países autorizados pueden exportar a la UE.

La consulta de la OMC sobre esta propuesta está abierta hasta el 16 de noviembre de 2025.

Productos afectados

Acuicultura, productos compuestos, tripas, crustáceos, miel, peces de aleta, conejos de granja, moluscos bivalvos vivos, gasterópodos marinos

¿qué está cambiando?

La Comisión Europea propone actualizar las listas de países autorizados a exportar productos animales a la UE.

Proceso de autorización

Para exportar determinados productos animales a la UE, los países deben disponer de un plan de control de residuos validado por la Comisión Europea. Los países autorizados figuran en el anexo I del Reglamento 2021/405.

Para algunos productos, como los conejos de granja, los gasterópodos marinos y los peces de aleta, los países también deben estar autorizados en materia de seguridad alimentaria. Los países autorizados figuran en el Reglamento 2021/405: anexo V para los conejos de granja, anexo VIII para los gasterópodos marinos y anexo IX para los peces de aleta y sus productos.

Nuevas autorizaciones (anexo I)

  • Albania: para exportar productos que contengan crustáceos crudos importados de Estados miembros de la UE o de terceros países autorizados, pero no para crustáceos crudos producidos en Albania
  • Macedonia del Norte: exportación de tripas
  • Uganda: para exportar pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura (anexos I y IX)
  • República Kirguisa: para exportar miel.

Autorizaciones suspendidas para Ucrania

  • Conejo de granja: Ucrania ha informado a la Comisión de que ya no tiene intención de exportar estos productos. Se suprime de la lista tanto del anexo I como del V.
  • Gasterópodos marinos: Ucrania no ha ofrecido garantías de cumplimiento de los requisitos de la UE. Se suprime de la lista tanto el anexo I como el VIII.

Otras modificaciones propuestas

  • Actualmente, los países autorizados en el anexo V pueden exportar carne fresca de conejo de granja y/o de lepóridos silvestres. La Comisión propone añadir los "preparados de carne" de conejo de granja y de lepóridos silvestres a la lista de productos que pueden exportarse a la UE.
  • Modificación de la nota 16 del anexo I para aclarar que no se requiere un plan de control aprobado para los moluscos bivalvos vivos, aunque procedan de la acuicultura.
  • Corrección del anexo IX para Ucrania de modo que cubra tanto los peces de aleta como los productos de peces de aleta como en el anexo I.

Los cambios para los países no pertenecientes a la UE no incluidos en el ámbito de aplicación del programa AGRINFO no se tratan en este informe.

¿Por qué?

La UE actualiza una o dos veces al año la lista de países no comunitarios autorizados a exportar productos animales. Estos países deben tener sistemas de seguridad alimentaria y controles de residuos (de plaguicidas, contaminantes y medicamentos veterinarios) tan estrictos como los de la UE. Para los cambios realizados en febrero de 2025, véase Países autorizados a exportar animales y productos animales a la UE: actualización de la lista de salud pública de 2025.

Para permanecer en la lista de países con planes de residuos autorizados, los países no pertenecientes a la UE deben enviar cada año su plan de control de residuos actualizado para cada categoría de productos animales antes del 31 de marzo.

Cronología

Se espera que el Reglamento se publique en el cuarto trimestre de 2025, y se aplicará 20 días después de su publicación.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Cuando se aplique el nuevo Reglamento, Albania podrá utilizar crustáceos crudos importados de países autorizados por la UE en productos que se exporten a la UE. Macedonia del Norte podrá exportar tripas; Uganda podrá exportar pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura; y la República Kirguisa podrá exportar miel a la UE.

Acciones recomendadas

Las autoridades competentes de los países miembros de la OMC pueden presentar sus observaciones sobre la propuesta de la UE enviándolas por correo electrónico al Servicio de Información MSF de la UE hasta el 16 de noviembre de 2025.

Antecedentes

La UE tiene normas estrictas sobre los requisitos de salud pública para los productos de origen animal que entran en la Unión Europea.

El Reglamento sobre controles oficiales 2017/625 establece el marco de los controles oficiales que las autoridades competentes deben realizar en cualquier fase de la producción, la transformación y la distribución.

El Reglamento Delegado 2022/2292 complementa el Reglamento de Controles Oficiales en lo que respecta a los requisitos de salud pública para las exportaciones a la UE. Los países que deseen exportar productos animales a la UE deben cumplir los requisitos de salud pública de la UE.

Los países exportadores no pertenecientes a la UE deben estar autorizados en el Reglamento de aplicación 2021/405 para cada producto que se vaya a exportar a la UE(anexo I para los planes de control; otros anexos para la seguridad alimentaria cuando proceda).

Los países exportadores también deben cumplir los requisitos zoosanitarios, y para la mayoría de los productos animales deben figurar en el Reglamento de Ejecución 2021/404.

Hacia mediados de 2026, los países no pertenecientes a la UE también deberán figurar en la lista en lo que respecta al cumplimiento de las normas sobre antimicrobianos: véase Lista de países no pertenecientes a la UE que cumplen los nuevos requisitos antimicrobianos de la UE.

Recursos

Recursos en línea de la Comisión Europea:

El procedimiento para que los países no pertenecientes a la UE soliciten su inclusión en la lista se describe al final de las siguientes fichas informativas:

Fuentes

Proyecto de Reglamento de aplicación de la Comisión por lo que respecta a las listas de terceros países o regiones de terceros países autorizados a introducir en la Unión partidas de determinados animales y mercancías destinadas al consumo humano [descargar]

Proyecto de anexo [descargar]

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.

La UE actualizará la lista sanitaria de países que pueden exportar a la UE determinados productos animales - repercusiones para Albania, República Kirguisa, Macedonia del Norte, Uganda y Ucrania

Draft Commission Implementing Regulation as regards the lists of third countries or regions thereof authorised for the entry into the Union of consignments of certain animals and goods intended for human consumption [download]

Draft Annex [download]

¿qué está cambiando y por qué?

La Comisión Europea propone actualizar la lista de países autorizados a exportar productos animales a la Unión Europea (UE).

Cambios propuestos para determinados productos animales

Nuevas autorizaciones:

  • Albania: productos que contengan crustáceos, siempre que se produzcan en países autorizados por la UE (no producidos en Albania)
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura
  • República Kirguisa: miel.

Autorizaciones suspendidas

  • Ucrania: conejo de granja, gasterópodos marinos.

Otras modificaciones propuestas:

  • Los países autorizados a exportar carne fresca de conejo de granja y/o lepóridos silvestres también podrán exportar preparados de estas carnes.

Acciones

Las autoridades competentes de los países miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC) pueden presentar sus observaciones sobre la propuesta de la UE enviándolas por correo electrónico al Servicio de Información MSF de la UE hasta el 16 de noviembre de 2025.

Cronología

Se espera que el Reglamento se publique en el cuarto trimestre de 2025, y se aplicará 20 días después de su publicación.

Descargo de responsabilidad: COLEAD no se hace responsable de ninguna pérdida, daño, responsabilidad o gasto incurrido o sufrido como resultado de la utilización de la información disponible en este sitio web o de cualquier enlace a sitios externos. El uso del sitio web es por cuenta y riesgo exclusivo del usuario. Esta plataforma de información ha sido elaborada y mantenida con el apoyo financiero de la Unión Europea. No obstante, su contenido no refleja las opiniones de la Unión Europea.