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2026/187

Listas sanitarias de países que pueden exportar productos animales a la UE - actualización a principios de 2026

  • Food safety
  • Third country lists
  • Food safety controls

Resumen

El 28 de enero de 2026 se actualizaron las listas de países que cuentan con sistemas de salud pública autorizados para exportar animales y productos animales a la Unión Europea (UE).

Nuevas autorizaciones

Los países que figuran a continuación están ahora autorizados a exportar los siguientes productos animales específicos:

  • Albania: productos que contengan crustáceos crudos importados de la UE o de países autorizados
  • República Kirguisa: miel
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Túnez: productos compuestos estables en estantería que contengan ingredientes lácteos; y productos que contengan aves de corral crudas importados de la UE o de países autorizados
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura.

Autorizaciones suspendidas

  • Ucrania: conejo de granja y gasterópodos marinos.

Otras modificaciones

se añade "preparados de carne" a la lista de productos de conejo de granja, lepóridos silvestres y mamíferos terrestres silvestres que los países autorizados pueden exportar a la UE.

La UE actualiza la lista sanitaria de países que pueden exportar a la UE determinados productos animales - repercusiones para Albania, República Kirguisa, Macedonia del Norte, Túnez, Uganda y Ucrania

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/187 de la Comisión, de 28 de enero de 2026, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/405 en lo que respecta a las listas de terceros países o regiones de terceros países autorizados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados animales y mercancías destinados al consumo humano de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/625 del Parlamento Europeo y del Consejo

Actualización

El 28 de enero de 2026 se actualizaron las listas de países que cuentan con sistemas de salud pública autorizados para exportar animales y productos animales a la Unión Europea (UE).

Nuevas autorizaciones

Los países que figuran a continuación están ahora autorizados a exportar los siguientes productos animales específicos:

  • Albania: productos que contengan crustáceos crudos importados de la UE o de países autorizados
  • República Kirguisa: miel
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Túnez: productos compuestos estables en estantería que contengan ingredientes lácteos; y productos que contengan aves de corral crudas importados de la UE o de países autorizados
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura.

Autorizaciones suspendidas

  • Ucrania: conejo de granja y gasterópodos marinos.

Otras modificaciones

se añade "preparados de carne" a la lista de productos de conejo de granja, lepóridos silvestres y mamíferos terrestres silvestres que los países autorizados pueden exportar a la UE.

Productos afectados

Acuicultura, productos compuestos, tripas, crustáceos, miel, peces de aleta, conejos de granja, moluscos bivalvos vivos, gasterópodos marinos, aves de corral, Leporidae silvestres, mamíferos terrestres silvestres

¿qué está cambiando?

Se han actualizado las listas de países autorizados a exportar productos animales a la UE.

Proceso de autorización

Para exportar determinados productos animales a la UE, los países deben disponer de un plan de control de residuos validado por la Comisión Europea. Los países autorizados figuran en el anexo I del Reglamento 2021/405.

Para algunos productos, como los conejos de granja, los gasterópodos marinos y los peces de aleta, los países también deben estar autorizados en materia de seguridad alimentaria. Los países autorizados figuran en el Reglamento 2021/405: anexo V para los conejos de granja, anexo VIII para los gasterópodos marinos y anexo IX para los peces de aleta y sus productos.

Nuevas autorizaciones (anexo I)

Los países que figuran a continuación están ahora autorizados a exportar los siguientes productos animales específicos:

  • Albania: productos que contengan crustáceos crudos importados de los Estados miembros de la UE o de terceros países autorizados, pero no crustáceos crudos producidos en Albania
  • República Kirguisa: miel
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Túnez:
    • productos compuestos estables en estantería que contengan huevos o productos lácteos procedentes de la UE o de países no pertenecientes a la UE autorizados para huevos y/o productos lácteos
    • aves de corral importadas de los Estados miembros de la UE o de países no pertenecientes a la UE autorizados, pero no aves de corral producidas en Túnez
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura (anexos -I y IX).

Autorizaciones suspendidas para Ucrania

  • Conejo de cría: Ucrania ha informado a la Comisión Europea de que ya no tiene intención de exportar estos productos. Se suprime de la lista de los anexos I y V.
  • Gasterópodos marinos: Ucrania no ha ofrecido garantías de cumplimiento de los requisitos de la UE. Se suprime de la lista de los anexos I y VIII.

Otras modificaciones

  • Inclusión de los "preparados de carne" de conejo de granja, lepóridos silvestres y mamíferos terrestres silvestres en la lista de productos que pueden exportarse a la UE. Los países autorizados ya podían exportar carne fresca de conejo de granja y/o lepóridos silvestres (anexo V), y de mamíferos terrestres silvestres (anexo VI).
  • Corrección del anexo IX para Ucrania, de modo que cubra tanto los peces de aleta como los productos derivados, como en el anexo I.

Los cambios para los países no pertenecientes a la UE no incluidos en el ámbito de aplicación del programa AGRINFO no se tratan en este informe.

¿Por qué?

La UE actualiza una o dos veces al año la lista de países no comunitarios autorizados a exportar productos animales. Estos países deben tener sistemas de seguridad alimentaria y controles de residuos (de plaguicidas, contaminantes y medicamentos veterinarios) tan estrictos como los de la UE. Para los cambios realizados en febrero de 2025, véase Países autorizados a exportar animales y productos animales a la UE: actualización de la lista de salud pública de 2025.

Para permanecer en la lista de países con planes de residuos autorizados, los países no pertenecientes a la UE deben enviar cada año su plan de control de residuos actualizado para cada categoría de productos animales antes del 31 de marzo.

Cronología

La regulación se aplica a partir del 18 de febrero de 2026.

¿cuáles son las principales consecuencias para los países exportadores?

Cuándo se aplica la nueva regulación:

  • Albania podrá utilizar crustáceos crudos importados de los Estados miembros de la UE o de países autorizados en los productos exportados a la UE
  • LaRepública Kirguisa podrá exportar miel a la UE
  • Macedonia del Norte podrá exportar tripas
  • Túnez podrá utilizar productos lácteos y ovoproductos importados de Estados miembros de la UE o de países autorizados en productos compuestos estables en estantería para su exportación a la UE; también podrá utilizar aves de corral crudas procedentes de Estados miembros de la UE o de países autorizados en productos que se exporten a la UE cuando disponga de establecimientos autorizados en la lista (véase Explicación de la autorización de establecimientos de terceros países)
  • Uganda podrá exportar pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura.

Acciones recomendadas

Autoridades competentes

Para las autoridades competentes de los países que exportan a la UE animales destinados a la producción de alimentos y productos de origen animal:

Si ya figuran en la lista

  • Garantizar el cumplimiento en materia de salud pública (Reglamento 2021/405, anexos I a XVI), residuos (Reglamento 2021/405, anexo I) y sanidad animal cuando proceda (Reglamento 2021/404).
  • En particular, para la lista relativa a los residuos, elaborar un plan de control actualizado antes del 31 de marzo de cada año.

La UE audita periódicamente a los países socios y a los Estados miembros de la UE. El programa de trabajo y los informes se publican en la página web de Auditorías y Análisis Sanitarios y Alimentarios (véase el programa de auditorías alimentarias 2026: países no pertenecientes a la UE objeto de controles).

Si el país ha sido excluido de la lista o aún no figura en ella

  • Inicie lo antes posible el procedimiento de reconocimiento de los requisitos de salud pública del país.

Las autoridades competentes de los países socios pueden plantear preguntas a SANTE-CONSULT-A5@ec.europa.eu o, si se trata específicamente de residuos, a sante-tcresidueplans@ec.europa.eu.

Exportadores

Para los operadores de países no pertenecientes a la UE que deseen exportar a la UE animales productores de alimentos y productos de origen animal

Antecedentes

La UE tiene reglas estrictas sobre los requisitos de salud pública para los productos de origen animal que entran en la Unión Europea.

El Reglamento sobre controles oficiales 2017/625 establece el marco de los controles oficiales que las autoridades competentes deben realizar en cualquier fase de la producción, transformación y distribución.

El Reglamento Delegado 2022/2292 complementa el Reglamento de Controles Oficiales en lo que respecta a los requisitos de salud pública para las exportaciones a la UE. Los países que deseen exportar productos animales a la UE deben cumplir los requisitos de salud pública de la UE.

Los países exportadores no pertenecientes a la UE deben estar autorizados en el Reglamento de aplicación 2021/405 para cada producto que se vaya a exportar a la UE(anexo -I para los planes de control; otros anexos para la seguridad alimentaria cuando proceda).

Los países exportadores también deben cumplir los requisitos zoosanitarios, y para la mayoría de los productos animales deben figurar en el Reglamento de Ejecución 2021/404.

A partir del 3 de septiembre de 2026, los países no pertenecientes a la UE también deberán figurar en la lista por lo que respecta al cumplimiento de las reglas sobre antimicrobianos: véase Lista de países no pertenecientes a la UE que cumplen los nuevos requisitos antimicrobianos de la UE.

Recursos

Fuentes

Reglamento de Ejecución (UE) 2026/187 de la Comisión en lo que respecta a las listas de terceros países o regiones de terceros países autorizados para la entrada en la Unión de cargamentos de determinados animales y de mercancías destinadas al consumo humano

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La UE actualiza la lista sanitaria de países que pueden exportar a la UE determinados productos animales - repercusiones para Albania, República Kirguisa, Macedonia del Norte, Túnez, Uganda y Ucrania

Commission Implementing Regulation (EU) 2026/187 as regards the lists of third countries or regions thereof authorised for the entry into the Union of consignments of certain animals and goods intended for human consumption

¿qué está cambiando y por qué?

Se ha actualizado la lista de países que cuentan con sistemas de salud pública aprobados para la exportación de determinados productos animales a la Unión Europea (UE).

Principales cambios que afectan a los países sociosde AGRINFO :

Nuevas autorizaciones

Los países que figuran a continuación están ahora autorizados a exportar los siguientes productos animales específicos:

  • Albania: productos que contengan crustáceos, siempre que éstos se produzcan en países autorizados por la UE (no producidos en Albania)
  • República Kirguisa: miel
  • Macedonia del Norte: tripas
  • Túnez:
    • productos compuestos estables en estantería, siempre que los huevos o los productos lácteos se produzcan en Estados miembros de la UE o países autorizados (no producidos en Túnez)
    • productos que contengan aves de corral, importados de la UE o de países autorizados (no producidos en Túnez)
  • Uganda: pescado de aleta y productos de pescado de aleta procedentes de la acuicultura.

Autorizaciones suspendidas

  • Ucrania: conejo de granja, gasterópodos marinos.

Otras modificaciones

  • Los países autorizados a exportar carne fresca de conejo de granja y/o lepóridos silvestres y/o mamíferos terrestres silvestres también podrán exportar preparados de estas carnes.

Acciones

Para seguir figurando en la lista, cada año, antes del 31 de marzo, los países no comunitarios que exportan productos animales a la UE deben presentar un plan de control actualizado que demuestre que los productos animales cumplen las reglas de la UE sobre residuos de medicamentos veterinarios, contaminantes y plaguicidas.

También deben garantizar que se mantiene el cumplimiento para seguir figurando en la lista en relación con la salud pública y, cuando proceda, la sanidad animal.

Cronología

La regulación se aplica a partir del 18 de febrero de 2026.

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